En Perú, debes pensarlo bien antes de hacer una propuesta de matrimonio, ya que si te arrepientes, deberás pagar daños y perjuicios. La Justicia peruana recordó en redes sociales que incumplir una promesa de matrimonio pueden ser materia de un pago de indemnización a la persona afectada.
“¡Sí, acepto! un año después… Sí tu pareja te propuso matrimonio y luego desistió, causando daños o perjuicios; estará obligado a indemnizarte. La demanda debe interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa”. fue el posteo que publicó la Corte Superior de Justicia de Lima Norte en su página de Facebook, junto a la imagen de una mujer llorando con un anillo en la mano.
Es que el código civil peruano, en su artículo 240 especifica que: “si tu pareja te propuso matrimonio y luego desistió, causando daños o perjuicios, estará obligado a indemnizarte”. En el plazo de un año que fija la ley, cada uno de los prometidos puede revocar las donaciones que haya hecho en favor del otro por razón del matrimonio proyectado”.
Fuente: 800noticias
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