La administración de Nicolás Maduro anunció la suspensión por otros seis meses a los pagos de los cánones de arrendamiento (alquileres) de aquellos inmuebles que son usados con fines comerciales y los que son utilizados como vivienda principal, con el fin de aliviar económicamente a aquellos que están alquilados debido a la crisis generada por la Covid-19 desde marzo de 2020.
Según la Gaceta Oficial 42.101 del 7 de abril de 2021, a las personas que están en condición de alquiler no se les podrá exigir el pago de los cánones de arrendamiento que correspondan, «ni los cánones vencidos a la fecha aún no pagados, ni otros conceptos pecuniarios acordados en los respectivos contratos de arrendamiento inmobiliario».
Tampoco se permite invocar o aplicar las cláusulas de desalojo, al tiempo que refiere que tanto arrendadores como arrendatarios pueden sentarse a conversar con el fin de llegar a acuerdos unos términos especiales que permitan adaptarse a la situación que se presenta, en aras de poder fijar un refinanciamiento o restructuración de pagos de los alquileres.
«En ningún caso podrá obligarse al arrendatario o arrendataria a pagar el monto íntegro de los cánones y demás conceptos acumulados de manera inmediata al término del plazo de suspensión», dicta el documento oficial.
Si no se llega a un acuerdo, deberán ir a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (Sunavi) -si se trata de viviendas principales- o a la Sundde, si se habla de establecimientos comerciales, con el fin de que sean esos organismos quienes definan cómo se van a manejar.
A través de la Gaceta Oficial 41.956 con fecha de miércoles 2 de septiembre, la administración de Maduro había extendido la suspensión de alquileres hasta marzo de 2021, medida que había sido anunciada a principios de la cuarentena y prorrogada por cinco meses más (hasta enero de 2021) el 26 de agosto de 2020.
En el marco del Estado de alarma y emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, la administración de Maduro suspende por un lapso de seis meses el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal.
Según se explica en el documento, también «se suspende la aplicación de la causal de desalojo» establecida en el artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario, lo que significa que los arrendadores no pueden sacar a los inquilinos de sus vivienda mientras esté en vigencia lo dicho en la comunicación.
A pesar de esta normativa, TalCual publicó un trabajo a principios de octubre de 2020 donde se hacía la denuncia que a pesar del congelamiento de los cánones de arrendamiento, personas y comerciantes se veían en la obligación de seguir pagando los alquileres, basándose en muchos casos en negociaciones con los dueños de los locales para llegar a acuerdos que les permita a ambos poder manejarse con el dinero.
Fuente: Tal Cual