El Tribunal de Ética del partido Acción Democrática (AD) tomó una serie de medidas debido «a la compleja situación legal» que confronta el partido desde que el TSJ de Nicolás Maduro adjudicó la conducción del mismo a Bernabé Gutiérrez. Entre las medidas adoptabas destaca la suspensión de Henry Ramos Allup y de Isabel Carmona, además de expulsar a Gutiérrez.
El fallo data del 17 de abril, publicado en la sitio web del tribunal, declara como «lesiva para los intereses supremos del partido y los derechos políticos de su militancia, la sentencia del TSJ que derivó en el secuestro de los símbolos y tarjetas del partido, con la coautoría del militante BERNABÉ GUTIERREZ y en consecuencia se ordena instaurar todos los recursos procesales que otorga la ley para solicitar su nulidad y enervar sus efectos».
También decide suspender por dos años de toda militancia en Acción Democrática «por su conducta pasiva y ambigua al no ejercer los recursos legales para enervar los efectos de la sentencia del TSJ, lesiva a los supremos intereses del partido y violadora de los derechos políticos de los militantes del partido» a los militantes Henry Ramos Allup e Isabel Carmona, quienes venían desempeñándose como Secretario General y Presidenta, respectivamente».
Igualmente, el Tribunal sentencia la expulsión definitiva de las filas de AD a Bernabé Gutiérrez porque » ha procedido de manera írrita a sustituir a todas las autoridades del partido y por cuanto, contrariando la voluntad mayoritaria de la militancia partidista participó en el fraude electoral del 6 de diciembre de 2020″.
Esta instancia también decidió nombrar una Comisión Ad Hoc integrada por Humberto Celli, Carlos Ortega, Paulina Gaumus y Leomagno Flores como miembros principales, y Jorge Ramos Guerra, Argimiro Sira Medina, Lilia Arvelo, Alberto Herrera y Carlos Torres Cabrizas como suplentes.
Esta Comisión se encargará de «llevar adelante el proceso de reunificación, restauración y recomposición de Acción Democrática, para lo cual estará investida de la más amplia autoridad para designar interinamente el Presidente, el Secretario General Nacional y el Secretario de Organización Nacional del partido; llenar con carácter interino las vacantes existentes en la estructura funcional del partido; aprobar su reglamento de funcionamiento, designar su secretario ejecutivo y las Comisiones requeridas para el desarrollo normal de la vida institucional partidista».
Este grupo directivo interino debía convocar a partir del 19 de abril una consulta interna que permita la renovación mediante elección universal directa y secreta de las autoridades del partido a todos los niveles».
Para leer el fallo completo abra el siguiente enlace:
TRIBUNAL DE ÉTICA PARTIDISTA (T.E.P)