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sábado, 23 de noviembre del 2024
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Nicaragua aprueba ley que vetará candidaturas a opositores

La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua, controlada por los sandinistas, aprobó este lunes en sesión extraordinaria una ley que vetará las candidaturas de aquellos nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de Estado, alteren el orden constitucional y/o aplaudan la imposición de sanciones internacionales contra el Estado y sus ciudadanos.

La «Ley de defensa de los derechos del pueblo a la independencia, la soberanía y autodeterminación para la paz» fue aprobada con carácter urgente con 70 votos de los legisladores del gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) y sus aliados, promotores de la controvertida iniciativa, por 14 que votaron en contra y 5 abstenciones.

El diputado opositor Maximino Rodríguez denunció que esa ley «discrimina a los nicaragüenses sólo por el hecho de no pertenecer a la oligarquía gobernante».

¿QUIÉNES SERÁN INHIBIDOS?

La ley, compuesta por dos artículos, establece que «los nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de Estado, que alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos terroristas, que realicen actos que menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación», no podrán optar a cargos de elección popular.

Tampoco los que «inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización, que propongan y gestionen bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones».

Además, quedarán inhabilitados a optar a cargos de elección popular «aquellos que demanden, exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos, y todos lo que lesionen los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico».

LA DEFENSA SANDINISTA

El presidente del Congreso, el oficialista Gustavo Porras, defendió esa ley y sostuvo que la misma está fundamentada en el artículo 1 de la Constitución, que se refiere a que «la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional son derechos irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación nicaragüense».

El jefe del grupo parlamentario del FSLN, Edwin Castro, dijo, por su lado, que la ley está acorde al sistema jurídico constitucional, y refirió que el artículo 147 de la Constitución Política señala la prohibición de optar a la presidencia de la República a todo nicaragüense que encabece, o financie un golpe de Estado, que altere el orden constitucional.

De igual forma, los legisladores sandinistas alegaron que la legislación penal señala que quedan limitados los derechos políticos de los nicaragüenses que incurran en actos contrario a la Constitución Política.

DISCRIMINA A NICARAGÜENSES

El diputado opositor Maximino Rodríguez advirtió que esa normativa es inconstitucional y «va sobre la primacía de las leyes», debido a que las calidades para ser candidatos a cargos de elección popular están contempladas en la Constitución Política y en la Ley Electoral.

«Lo que han hecho aquí, porque tienen el control de la Asamblea, es discriminar a los nicaragüenses», reprochó.

Asimismo, criticó el carácter expedito con el que fue aprobado esa ley, sin haber sido estudiada, discutida y dictaminada en una comisión legislativa.

El viernes pasado, el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, dijo que aquellos nicaragüenses que participaron en la revuelta contra su Gobierno en abril de 2018, que el Ejecutivo califica como «intento de golpe de Estado», no podrán optar a cargos de elección popular en los próximos comicios.

«No los podemos expulsar (de Nicaragua) porque nacieron aquí», señaló Ortega, para quien sí han perdido su derecho a optar a cargos de elección popular en las próximas elecciones.

«Ni que sigan peleando por buscar candidatos a la Presidencia, porque las leyes no lo permiten», agregó.

Nicaragua tiene previsto celebrar elecciones generales el 7 de noviembre de 2021.

EFE

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