La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática quedó oficialmente publicada este jueves en la Gaceta Oficial N.º 6.990 Extraordinaria, lo que marca su entrada en vigencia inmediata. La norma había sido discutida en segunda discusión, aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional y promulgada horas después por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez.
La publicación cierra un trámite legislativo acelerado que comenzó a principios de febrero y que estuvo marcado por debates sobre el alcance temporal, las exclusiones y el procedimiento para quienes se encuentran fuera del país.
El artículo 7 —el punto más sensible del texto— fue finalmente aprobado con modificaciones luego de que su discusión se aplazara el 12 de febrero. La versión publicada establece que la amnistía abarca “a toda persona que se encuentre o pueda ser procesada o condenada por delitos o faltas acaecidos” dentro del período comprendido entre 1999 y 2026, siempre que “esté a derecho o se ponga a derecho”.
La novedad es que permite que personas en el exilio presenten la solicitud mediante un apoderado, sin necesidad de regresar al país para iniciar el trámite. El documento señala que, una vez presentada la solicitud, la persona “no podrá ser privada de libertad por los hechos previstos en esta Ley” y deberá comparecer posteriormente ante el tribunal competente para recibir el beneficio.
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El artículo 8 fija los hechos amnistiados
El artículo 8 enumera uno por uno los hechos cubiertos por la amnistía, desde el golpe de Estado de abril de 2002, el paro petrolero, las protestas de 2004, 2007, 2009, 2013, 2014, 2017 y 2019, hasta los episodios vinculados a las elecciones presidenciales de 2024 y los comicios regionales y legislativos de 2025.
Sectores críticos habían pedido que la amnistía cubriera los 27 años completos del chavismo sin excepciones, pero la Asamblea aprobó la versión que delimita hechos específicos.
Exclusiones más estrictas
El artículo 9 deja fuera de la amnistía los delitos que la Constitución declara imprescriptibles: violaciones graves de derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. También excluye homicidio intencional, lesiones gravísimas, tráfico de drogas y delitos de corrupción.
Además, el texto excluye a quienes hayan “promovido, instigado, solicitado, invocado, favorecido, facilitado, financiado o participado en acciones armadas o de fuerza contra la soberanía e integridad territorial” de Venezuela por parte de Estados, corporaciones o personas extranjeras.
La disposición adquiere peso político en un contexto marcado por el reciente bombardeo estadounidense y por las acusaciones históricas contra dirigentes opositores como María Corina Machado y Leopoldo López, ambos fuera del país. Según dijo una fuente a AFP, la comisión especial prevista en el artículo 15 será la encargada de revisar estos expedientes individualmente.
Más preguntas que respuestas
Expertos independientes de Naciones Unidas han insistido en que cualquier amnistía debe insertarse en un marco más amplio de justicia transicional, capaz de reparar a víctimas y corregir patrones de persecución. La ley no desarrolla ese componente, aunque la comisión especial podría asumir parte de esa tarea.
Con la publicación en Gaceta Oficial, comienza ahora la fase operativa: los tribunales deberán evaluar solicitudes, eliminar antecedentes y revisar sentencias. El artículo 11 fija un plazo máximo de 15 días para que los jueces decreten los sobreseimientos correspondientes , un calendario exigente para un sistema judicial que la propia Delcy Rodríguez ha dicho que requiere una reforma profunda.
NAM/Finanzas Digital
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