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viernes, 22 de noviembre del 2024
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OPINION | Aníbal Sánchez, sobre las “Inhabilitaciones Políticas” a posibles candidatos opositores

La Comisión de Primarias ha anunciado que cualquier dirigente incluso inhabilitados políticos puede participar en las elecciones internas del 22 de Octubre. Esto como parte de una estrategia de presión sobre el Gobierno de Maduro, después que el adversario seleccionado fuese legitimado con votos del pueblo soberano.

Un camino peligroso, con muchos escollos, y sus encrucijadas. “Si antes de esta fecha la oposición que lo representa no logra una negociación política con el Gobierno” aseveró el Analista Político y Consultor Electoral Aníbal Sánchez 

Haciendo referencia a que el número dos del chavismo, el diputado Diosdado ha mencionado en varias oportunidades que aspirantes como Henrique Capriles, tienen una inhabilitación política por 15 años, desde el 06 de abril de 2017 cuando era gobernador de Miranda por haber incurrido supuestamente en irregularidades administrativas y daño al patrimonio público.

De igual manera pero desde el 2019 el contralor Amoroso basado en la Ley de Contraloria impuso la pena máxima de 15 años, es decir hasta el 2034 para el ejercicio de cargos público al que ex diputado Guaido. Esto por supuesta falsificación de datos en su declaración patrimonial y el haber recibido dinero del exterior sin justificación.

Otros aspirantes a la candidatura por la MUD que se medirán en unas internas tipo Primarias, que han sido víctimas de inhabilitaciones son:

el ex gobernador Cesar Pérez Vivas y la ex diputada María Corina Machado.

Al primero lo inhabilitaron por 7 años en el 2015 por presuntos actos de corrupción cuando ejercía la gobernación, está debió vencer en el año 2022. En caso de la Ing. Machado fue inhabilitada por 12 meses el 13 de julio de 2015, aunque algunos dirigentes sostienen que mantiene una limitación administrativa (código 7) a nivel del CNE que le impide ser ingresada en el módulo SAP o de Postulaciones.

Adicional a esto Sanchez en su intervención, recuerda que el 24 de febrero de 2021, el contralor Elvis Amoroso, anunció que 28 diputados de la Asamblea Nacional electa el 2015 estaban inhabilitados por no presentar su Declaración Jurada de Patrimonio; entre estos figuran los diputados Guanipa, y le seguían en la lista de inhabilitados para el ejercicio de cargo público:

“Los diputados Marcos Quiñones, Armando Armas, Julio Montoya, Ismael García, Mariela Magallanes, Antonio Geara, Américo de Grazia, Carlos Berrizbeitia, Juan M Matheus, Richard Blanco, Rafael Veloz, Luis Florido, German Ferrer, Jesús Paparoni, Carlos Paparoni, Freddy Guevara, Julio Borges, Franco Casella, Gaby Arellano, Renzo Prieto, Sergio Vergara, Carlos Valero, Winston Flores y José Manuel Olivares”

Lo que nos hace recordar, que algunos de estos participaron como candidatos en las Elecciones del 2021. La oposición ha denunciado que esas sanciones ocurren sin notificación previa, existen casos como en el 2021, cuando no pudieron postular a la esposa de Freddy Superlano (Lic Aurora) a la gobernación de Barinas.

“La participación política, el derecho a elegir y ser elegido han venido, siendo vulnerados con este mecanismo de persecución política. La Constitución es muy clara en sus artículos 62,63,65, debe haber una sentencia judicial, firme”

La web de la Contraloría General establece que del año 2000 al 2012 habían sido inhabilitados administrativamente 924 personas; cuando el contralor general era Clodosbaldo Russián, del periodo de Amoroso no hay mucha información en la web solo el dictamen de Guaidó está indexado en la misma.

De acuerdo con el artículo 39 de la constitución, todo venezolano tiene derecho a ser electo para cargos de representación; es un derecho político esencial de los ciudadanos, que sólo se pierde cuando le sea revocada su nacionalidad, o mediante sentencia definitiva de un juez, declare la interdicción civil de la persona por su incapacidad en los términos establecidos en el Artículo 393, del Código Civil, o se le imponga la pena accesoria de la inhabilitación política en los términos del Código Penal por algún delito cometido, como establece el Artículo 24 del código.

Por ahora seguimos viendo esto como una treta una forma más, usada dentro de la estrategia de convertir una minoría social en una mayoría electoral. La cual no se centra solo en ‘inhibir la participación’ como lo hace con el tema del nombramiento de otro CNE; usa ‘la descalificación’ de líderes o candidatos; y el más conocido ‘el fraccionamiento’ de la oposición, para que no se acumulen los votos, acotó 

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