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viernes, 04 de octubre del 2024
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Claves del acuerdo firmado en el CNE por ocho candidatos presidenciales

El Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a los candidatos presidenciales a un acto este jueves 20 de junio para la firma del Acuerdo de Reconocimiento de los Resultados de las elecciones del 28 de julio. En la sede del órgano rector, ocho candidatos suscribieron el acuerdo; dos no asistieron a la invitación.

El documento fue promovido desde el seno de la administración de Maduro, como una estrategia para que la oposición no «cante fraude» con los resultados que dicte el CNE tras la votación. Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea Nacional, fue el principal impulsor de este acuerdo.

En las instalaciones de la institución desfilaron ocho aspirantes a la presidencia, incluido Nicolás Maduro, para firmar el escrito redactado por el CNE. Elvis Amoroso, presidente del ente, suscribió el acuerdo.

Por medio de las redes sociales, el Poder Electoral publicó el documento con las firmas correspondientes a Luis Eduardo Martínez, Daniel Ceballos, Antonio Ecarri, Benjamín Rausseo, José Brito, Javier Bertucci y Nicolás Maduro. Dos espacios figuran en blanco: Edmundo González Urrutia y Enrique Márquez.

González Urrutia, candidato unitario de la oposición declinó la propuesta. Su argumento es que se guiará solo por lo suscrito en el Acuerdo de Barbados. Mientras que, Márquez informó en sus redes sociales que realizará una rueda de prensa el día viernes 21 de junio para fijar posición.

¿Qué establece el acuerdo firmado en el CNE?

Según el documento que reveló el CNE, son nueve puntos que constituyen el nuevo acuerdo:

  1. Primero: Actuar en estricto cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder Electoral, la Ley Orgánica de Procesos Electorales y demás normas que rigen este proceso electoral.
  2. Segundo: Reconocer al Poder Electoral como la única autoridad legítima y competente para la organización, administración, dirección y vigilancia de la elección presidencial del próximo 28 de julio de 2024.
  3. Tercero: Reconocer que el Consejo Nacional Electoral ha venido dando cumplimiento a las garantías electorales en cada una de las fases del proceso establecidos en el cronograma electoral. Asimismo, convalidar los resultados emitidos por el Poder Electoral, respetando la expresión perfecta de la voluntad popular manifestada a través del sufragio, en consonancia con lo previsto en los acuerdos de Barbados y Caracas.
  4. Cuarto: Competir en un clima de respeto, paz y participación democrática, para que durante el proceso electoral del 28 de julio de 2024 y los días posteriores a éste, no se interfiera o desconozca la voluntad del pueblo de Venezuela con hechos de violencia y desestabilización que atenten contra el bienestar del país.
  5. Quinto: Solicitar a los Gobiernos del mundo el respeto a la soberanía y autodeterminación de nuestra Nación.
  6. Sexto: Cumplir con el deber de honrar y defender la Patria y exigir el levantamiento absoluto de las sanciones coercitivas unilaterales impuestas al noble pueblo de Venezuela.
  7. Séptimo: Los objetivos del presente acuerdo son la afirmación de la soberanía nacional, la estabilidad democrática, la gobernabilidad, el pleno respeto a los derechos humanos, las garantías en los procesos electorales, la cooperación ante las coyunturas económico-sociales existentes, el estado de derecho constitucional, el desarrollo pleno de los derechos políticos y la democracia, fomentar una política de reconciliación como fundamento para la convivencia democrática nacional y el repudio absoluto a la violencia como instrumento político.
  8. Octavo: Rechazar y denunciar cualquier financiamiento o recurso provenientes de hechos ilícitos nacionales e internacionales.
  9. Noveno: Nosotros los candidatos reiteramos ante todas las venezolanas, los venezolanos, las Rectoras y los Rectores del Consejo Nacional Electoral, nuestra responsabilidad con la democracia, la plena sujeción al orden constitucional legalmente establecido en la República Bolivariana de Venezuela y la voluntad absoluta de reconocer los resultados emitidos por el Poder Electoral, como garante de la fuente creadora de los poderes públicos mediante el sufragio, fundamentando sus actos en la preservación de la voluntad del pueblo, expresada a través del voto en ejercicio de su soberanía.

Fuente: elimpulso

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