El juez José Luis Calama desestimó la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, que consideraba que el exmandatario socialista pudo apropiarse de bienes públicos. El magistrado argumentó que para la fecha en que supuestamente se produjo el regalo no existía una norma legal que obligara a los altos cargos a incorporar automáticamente al patrimonio estatal los obsequios recibidos. El magistrado advirtió que una interpretación distinta supondría convertir principios de conducta y buenas prácticas institucionales en fundamentos para una imputación penal
La Audiencia Nacional de España rechazó investigar al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación relacionado con unas joyas que habría recibido como obsequio del entonces rey de Arabia Saudí, Abdullah Bin Abdulaziz Al-Saud, en 2007.
El juez José Luis Calama desestimó la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, que consideraba que el exmandatario socialista pudo apropiarse de bienes públicos al no entregar las piezas al Patrimonio del Estado, pese a haberlas recibido durante su etapa al frente del Ejecutivo español (2004-2011).
En una resolución publicada este viernes, el magistrado argumentó que para la fecha en que supuestamente se produjo el regalo no existía una norma legal que obligara a los altos cargos a incorporar automáticamente al patrimonio estatal los obsequios recibidos.
Calama recordó que fue en 2013, con la aprobación de la Ley de Transparencia, cuando se estableció expresamente que los funcionarios y altos cargos no podían aceptar regalos que excedieran los usos sociales o de cortesía.
Antes de esa legislación estaba vigente un Código de Buen Gobierno aprobado en 2005 por el Consejo de Ministros. Sin embargo, el juez señaló que ese instrumento tenía carácter ético y de autorregulación institucional, pero no fuerza normativa suficiente para determinar la titularidad pública de los bienes ni para sustentar una acusación por malversación.
El magistrado advirtió que una interpretación distinta supondría convertir principios de conducta y buenas prácticas institucionales en fundamentos para una imputación penal. Aunque reconoció que la actuación podría generar cuestionamientos éticos o políticos, sostuvo que no se puede considerar que las joyas fueran patrimonio público por el solo hecho de haber sido recibidas durante el ejercicio de un cargo oficial.
Las piezas fueron localizadas en mayo pasado, dentro de una caja fuerte en la oficina de Zapatero, durante un registro policial relacionado con la investigación sobre el préstamo público de 53 millones de euros concedido a la aerolínea Plus Ultra en 2021.
En ese procedimiento, el expresidente está investigado por presuntos delitos fiscales y de contrabando, tras el hallazgo de más de 60 piezas de joyería, entre ellas tres juegos cuyo valor supera el millón de euros.
Días atrás, el juez solicitó a la Policía determinar quién fabricó las joyas y cuál es su país de procedencia. La petición se produjo después de que la joyería Yanes descartara, en un informe, que las piezas procedieran de la Comunidad Económica Europea, Estados Unidos o países árabes, tras analizar una marca identificada en ellas.
Por otra parte, en una segunda resolución, Calama modificó una decisión anterior y ordenó paralizar las inspecciones tributarias que se habían dispuesto sobre Zapatero, su esposa, sus hijas, el empresario Julio Martínez Martínez y varias sociedades, en el marco de la investigación por el rescate de Plus Ultra durante la pandemia.
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