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lunes, 19 de octubre del 2026
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El cruce que todos deseamos por José Gregorio Figueroa

La reciente firma de un acuerdo entre el Servicio Desconcentrado de Administración Tributaria de Venezuela (SENIAT) y la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) permite hacer un monitoreo o rastreo a los movimientos de cuentas de personas jurídicas y naturales, conocido técnicamente como trazabilidad SENIAT–SUDEBAN.

​La interconexión entre el SENIAT y la SUDEBAN representa un cambio de alto impacto en la administración tributaria venezolana: el Estado busca cruzar automáticamente la información financiera con las declaraciones fiscales para detectar inconsistencias, formalizar la economía y fortalecer la recaudación. Su verdadera fuerza debe estar no solo en recaudar más, sino en manejar con transparencia esos recursos que por largos años no han mostrado el cruce que los ciudadanos esperan, que no es otro que la inversión en la recuperación económica del país.

​El 7 de octubre de 2026, el SENIAT y la SUDEBAN firman el acuerdo con el objetivo de facilitar la recaudación, organizar las cuentas, dar seguimiento a los ingresos fiscales e identificar “desviaciones o inconsistencias” entre lo que declaran los contribuyentes y los movimientos que registran en la banca.

​Aunque no se trata de un impuesto nuevo, obliga y significa que un comercio, un trabajador independiente o una empresa que declara ciertos ingresos ante el fisco podrá ser contrastado con transferencias, pagos móviles, operaciones por punto de venta y otros registros bancarios.

​La medida se fundamenta en el artículo 134 del Código Orgánico Tributario, ya que obliga a bancos e instituciones financieras a colaborar con la Administración Tributaria y suministrar información requerida por funcionarios competentes, sin que pueda invocarse el secreto bancario como impedimento. A la vez, la ley establece que esa información tiene carácter reservado y debe usarse bajo las condiciones previstas legalmente.

​El acuerdo también remite al artículo 133 de la Constitución Nacional, que establece el deber de contribuir con los gastos del Estado, permitiendo darle sustento institucional a la digitalización del control fiscal, siempre que la implementación respete la confidencialidad, la seguridad de los datos y los derechos de los contribuyentes. Con la interconexión, el SENIAT podría comparar ingresos bancarios, ventas electrónicas, depósitos y reportes de facturación con las declaraciones de ISLR, IVA y otros tributos, disminuyendo errores de conciliación y detectando cuentas personales utilizadas para actividad comercial sin registro fiscal.
​También puede simplificar el cumplimiento formal de la actividad tributaria, cumpliendo con la Ley de Optimización y Celeridad de Trámites Administrativos publicada en la Gaceta Oficial 6.804 Extraordinaria del 8 de abril de 2024, con pagos más ágiles. La tecnología, bien aplicada, no debería ser solo un instrumento de persecución al contribuyente, sino un mecanismo eficiente en el manejo de la información.

​El cruce contribuyente–banca determina si los ingresos, ventas y movimientos financieros coinciden con lo declarado ante el SENIAT.

​Ahora cabe la gran interrogante. Sin ánimo de jugar a la negatividad, los venezolanos esperamos y deseamos que esta mejora en la recaudación sea manejada con eficiencia y transparencia, de modo que los recursos públicos sean invertidos en políticas que ayuden a levantar la alicaída economía nacional y, muy especialmente, la calidad de vida de todos.

​Si el fin es combatir la evasión sin excesivas multas, sino con estímulos a la producción, una trazabilidad fiscal completa exige ambas cosas: no solo identificar quién paga, también debe poder demostrarse cómo se administra y en qué se invierte lo pagado.
​La alianza anuncia estándares técnicos, pero hasta la fecha solo hay un llamado a los contribuyentes a que organicen sus cuentas.
​La transparencia no es un discurso institucional; es la posibilidad verificable de que el ciudadano pueda conocer el recorrido del dinero público.

​Una mayor recaudación solo se justifica socialmente si se traduce en mejores servicios y menor carga informal para quienes sí cumplen. Cuando la evasión disminuye, la base tributaria se amplía y se reduce la presión sobre los contribuyentes formales; cuando el gasto es trazable, aumenta la probabilidad de que los recursos lleguen efectivamente a hospitales, escuelas, transporte, alumbrado, agua y seguridad.

​La esperanza legítima es que el cruce SENIAT–SUDEBAN no se limite a ampliar la capacidad de fiscalización, sino que impulse un círculo virtuoso: más formalización, más recaudación, mejor administración del gasto y mejoras perceptibles en la calidad de vida. Ese será el criterio con el que la ciudadanía deberá evaluar la iniciativa.

​Es de considerar que esta iniciativa no debe quedarse hasta acá. Es necesaria una profunda reforma tributaria en todos los niveles, tanto nacional como local, revisando esa alta carga y excesivos tributos que hostigan al sector formal de la economía.
​Por último, como recomendación: separe las cuentas individuales de las jurídicas y concilie sus cuentas bancarias. Recordemos que la Unidad Tributaria vigente es de apenas 43 Bs., tal como lo establece la Gaceta Oficial 43.140 del 2 de junio de 2025, la cual debe ser modificada.

​@figueroazabala
José Gregorio Figueroa