Actualmente está vigente la ley Orgánica de la Administración Pública, publicada mediante Decreto número 1.424 en la Gaceta Oficial número 6.147 Extraordinaria de fecha 17 de noviembre de 2014.
Esta ley establece los principios, la organización, las bases y la estructura de los órganos y entes que conforman el sector público, valga decir, el Estado.
En su artículo 1 se consagra la ley tiene por objeto establecer los principios, bases y lineamientos que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública; así como regular los compromisos de gestión; crear mecanismos para promover la participación popular y el control, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y proyectos públicos; y establecer las normas básicas sobre los archivos y registros de la Administración Pública.
También existe otra ley que guarda estrecha relación con la anterior y es la denominada Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos publicada en la Gaceta Oficial número 2.818 Extraordinaria de fecha 1 de julio de 1981. Ella regula la forma en que la Administración Pública tramita las solicitudes, dicta actos administrativos, maneja reclamos y garantiza el debido proceso a los ciudadanos.
¿En qué se diferencian estas leyes?
La LOAP se refiere a la estructura y organización, como los principios de la Gestión Pública, creación de Ministerios, competencias de las autoridades y sobre la desconcentración.
En cuanto a la LOPA se refiere a los trámites y procedimientos, plazos para responder, peticiones, validez de decisiones, derecho a la defensa y recursos de apelación.

