La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España confirmó la decisión del juez de instrucción Antonio Piña de inadmitir la querella presentada por varios ciudadanos venezolanos contra la exfiscal general de Venezuela Luisa Ortega Díaz y el exministro del Interior Miguel Rodríguez Torres, por presuntos delitos de lesa humanidad, torturas y contra la integridad moral.

El auto, fechado el 14 de enero y conocido por el diario La Nueva España, desestima el recurso interpuesto por la parte querellante y respalda los argumentos de la defensa, ejercida por el letrado Ismael Oliver. El tribunal sostiene que la denuncia se refiere a supuestos delitos de torturas y contra la integridad moral cometidos en Venezuela, fuera del territorio español, contra una víctima que no posee la nacionalidad española.
Esta circunstancia, subraya el auto, impide atribuir el conocimiento del caso a la jurisdicción española. En relación con el delito de lesa humanidad, los magistrados recuerdan que este tipo penal exige la existencia de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil. En este caso, afirman, no se aportan pruebas más allá de recortes periodísticos y no puede extrapolarse una denuncia singular a un contexto generalizado.
La Audiencia Nacional cita la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que establece que las noticias periodísticas, aunque legítimas en su función informativa, no son suficientes por sí solas para convertir un relato en hechos punibles que justifiquen la apertura de un proceso penal.
Asimismo, el auto recuerda que la Corte Penal Internacional ya investiga los presuntos crímenes de lessa humanidad cometidos en Venezuela, por lo que este tipo de denuncias deben canalizarse ante esa instancia, dado el carácter residual de la jurisdicción universal.
NAM/Vía El Nacional
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