La nueva directiva del CNE se instala este viernes y debe designar al presidente
Una vez superado el trance de la designación de la nueva directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que viene a continuación son una serie de acciones que se mueven entre lo legal y lo político.
En primer lugar, la Ley Orgánica del Poder Electoral (Lope), establece que una vez electos, los rectores deben instalarse, asumir sus cargos y reunirse para designar a la directiva, a saber: presidente, vicepresidente, secretario, incorporación de dos suplentes y conformación de los organismos subalternos.
Aunque es un secreto a voces que Elvis Amoroso salió de la Contraloría para ocupar la presidencia del CNE, la AN no lo designó como tal, sino que deben ser los rectores quienes tomen esa decisión y así lo establece la Lope en sus artículos 36 y 37.
ARTÍCULO 36: Al día siguiente de su designación, las rectoras o rectores electorales realizarán la sesión de instalación, en la cual elegirán a la Presidenta o el Presidente, la Vicepresidenta o el Vicepresidente y la Secretaria o el Secretario del Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO 37: La Presidenta o el Presidente y la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Consejo Nacional Electoral serán designadas o designados de su seno y durarán tres (3) años seis (6) meses en el ejercicio de sus funciones.
Luego de estos pasos, las autoridades del CNE deberían tener una reunión de directorio para recibir el balance de la administración anterior.
Lo que se espera de ellos
Desde que se supo la conformación de este nuevo Consejo, las reacciones han sido, en su mayoría adversas, y la califican como “espanta votos”, comenzando por quién estará al frente, pues Elvis Amoroso, desde la Contraloría, ha sido el artífice de todas las inhabilitaciones en contra de dirigentes de la oposición.
Expertos en materia electoral como el periodista Eugenio Martínez, señalan que la presencia de Amoroso, de partida, enrarece el ambiente electoral y así también lo han adelantado partidos y líderes, como Primero Justicia y Henrique Capriles.
Sobre Amoroso, Martínez dijo: «evidentemente tiene un sentido que es buscar la división o desestimar la participación electoral de quienes se dicen opositores independientes en los comicios de 2024″.
También está pendiente saber si este CNE puede apoyar las primarias, como lo ha dicho el candidato Andrés Caleca.
No obstante, esta posibilidad luce remota, puesto que los organizadores de la consulta del 22 de octubre se desprendieron del Consejo apenas surgió la crisis, con la renuncia de la directiva pasada.
Otra decisión importante ronda en torno a un eventual adelanto de las elecciones presidenciales, como lo han insinuado voceros de la administración de Nicolás Maduro, entre ellos Diosdado Cabello.
En este sentido, cabe acotar que el tiempo más corto que se ha tomado el CNE para organizar elecciones es de tres meses, puesto que unos comicios por simples que luzcan llevan tiempo.
La elección presidencial es la mas simple de todas. Hay un solo cargo a elegir, es nacional y no hay que cruzar votos o definir circuitos.
Pero, igual, hay lapsos que se deben respetar y procesos, como la programación de las máquinas, que se alimentan del cruce de datos entre los electores y los centros de votación, solo para citar un ejemplo.
Sin embargo, desde hace más de 15 años, una sentencia del TSJ determinó que, por encima de los lapsos constitucionales para las elecciones de cargos populares, el CNE tiene la potestad de convocar a cualquier proceso, cuándo y cómo su directiva lo determine.
Y no está demás decir que las decisiones en el Consejo se toman por mayoría simple de 3 a 2. ¿A quién favorece esa mayoría en la actual directiva?
impactovenezuela
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